Imponen 12 años de prisión efectiva a un hombre por el abuso sexual de una adolescente
El tribunal integrado por los jueces Marco Lupica Cristo, Raúl Aufranc y Lucas Yancarelli impuso 9 años por el ataque perpetrado en una obra en construcción de la calle Salta al 700. Según detallaron fuentes del Ministerio Público Fiscal a NoticiasNQN, al unificarse con un antecedente penal, el agresor quedó confinado a una pena única de 12 años de prisión efectiva y fue inscrito en el registro de abusadores RIPeCoDIS.

En una resolución judicial clave en materia de delitos contra la integridad sexual, un tribunal colegiado de la provincia dictó una condena de 9 años de prisión a un hombre identificado bajo las iniciales C.O.J., tras encontrarlo penalmente responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal en carácter de autor. Asimismo, debido a que el imputado registraba un antecedente penal computable con una sentencia condenatoria previa, la magistratura resolvió unificar ambas resoluciones y fijar la pena única e indivisible de 12 años de prisión de cumplimiento efectivo.
El fallo técnico fue notificado por vía electrónica tras la realización de la audiencia de cesura y determinación de la pena. Durante dicho debate, el fiscal del caso, Gastón Medina, había requerido una sanción más severa, solicitando formalmente una pena de 11 años por el nuevo hecho y una unificación final que alcanzara los 15 años de reclusión. No obstante, el tribunal compuesto por los jueces Marco Lupica Cristo, Raúl Aufranc y Lucas Yancarelli evaluó las pautas de mensuración del código de rito y optó por la escala menor, disponiendo además la inmediata inscripción del condenado en el Registro de Identificación de Personas Condenadas por Delitos Contra la Integridad Sexual (RIPeCoDIS).
De acuerdo con la plataforma fáctica acreditada durante el juicio de responsabilidad, el aberrante episodio ocurrió durante la noche del 19 de abril de 2023 en la zona céntrica de la capital neuquina. La víctima, quien tenía 15 años al momento del hecho, se encontró con el agresor y ambos se trasladaron hacia una obra en construcción ubicada sobre la calle Salta al 700. Los peritajes e informes presentados por el Ministerio Público Fiscal demostraron que el ataque sexual se perpetró bajo un escenario condicionado por el consumo de estupefacientes, una variable que —según la hipótesis fiscal ratificada por el tribunal— fue instrumentalizada por el imputado para profundizar de manera deliberada el estado de vulnerabilidad e indefensión de la adolescente.
De conformidad con las estrictas directrices de la Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia, y las acordadas vigentes del Tribunal Superior de Justicia de Neuquén, las autoridades judiciales dispusieron el resguardo absoluto y la reserva de la identidad completa del agresor tras las siglas C.O.J., con el único y exclusivo propósito de evitar la revictimización de la joven damnificada y preservar su derecho constitucional a la intimidad y la integridad psicofísica en el ámbito social y comunitario de la región.



