Condenan a Pablo Ruiz por desviar fondos públicos, crear un “minisistema financiero” y ordenan un decomiso millonario
El excoordinador general de la Legislatura neuquina, Pablo Ruiz, reconoció ante la Justicia haber desviado casi 53 millones de pesos de programas sociales hacia plazos fijos personales y haber defraudado al Estado en contratos publicitarios. Fue condenado a 3 años de prisión condicional, inhabilitación perpetua y se le decomisaron más de 57 millones de pesos de sus cuentas embargadas.

En el marco de un acuerdo pleno de juicio abreviado, el excoordinador general de la Casa de las Leyes, Pablo Antonio Ruiz, fue declarado penalmente responsable por haber defraudado el patrimonio del Estado provincial y sustraído fondos públicos en beneficio personal. Durante la audiencia judicial de control realizada este viernes, el imputado reconoció de forma explícita y voluntaria su autoría en las maniobras delictivas que investigaba la fiscalía de Delitos Económicos. Como parte central del fallo, se ordenó el decomiso definitivo de más de 57 millones de pesos de sus cuentas personales, dinero que ya se encontraba embargado de forma preventiva a instancias del Ministerio Público Fiscal.
El juez de garantías Lucas Yancarelli fue el encargado de homologar el acuerdo presentado de forma conjunta por el equipo fiscal, integrado por los funcionarios Juan Narváez, Tanya Cid y Facundo Bernat, quienes lideraron la recolección de pruebas durante la etapa preparatoria. A partir de la convalidación magistrada, Ruiz aceptó una condena de 3 años de prisión de ejecución condicional y la pena accesoria de inhabilitación absoluta y perpetua para ejercer cualquier tipo de cargo público en la estructura estatal.
Desvío de fondos para plazos fijos y contrataciones irregulares
El eje probatorio que fundamentó la resolución judicial se basó en la admisión pormenorizada por parte del excoordinador de los dos hechos delictivos principales que le atribuyó el Ministerio Público Fiscal:
- Peculado: El exfuncionario reconoció haber desviado la suma exacta de $52.798.459,10 de las arcas legislativas, los cuales originalmente estaban destinados al financiamiento de programas de inserción social tales como “Jóvenes Líderes” y “Murales Urbanos”. Ese capital fue transferido de forma directa hacia sus cuentas bancarias personales, fondos con los que posteriormente constituyó plazos fijos con el único fin de generar intereses económicos a su favor, configurando lo que los fiscales denominaron un “minisistema financiero” privado con dinero del Estado.
- Administración Fraudulenta: Ruiz admitió también su coautoría y participación criminal en la defraudación de otros $45.482.688,05 mediante la adjudicación y contratación irregular de pautas de publicidad con la firma comercial SAUER. El ahora condenado asumió haber eludido de manera deliberada los mecanismos de control legal y los procedimientos de compulsa previstos en la Ley de Administración Financiera 2141 para beneficiar económicamente a un proveedor externo.
Efectivo recuperado y el impacto procesal sobre la exvicegobernadora
La sentencia condenatoria dispuso de manera inmediata el decomiso técnico de un total de $57.736.346,85. Este monto global, que permanecía bloqueado y cautelado en una cuenta de depósitos judiciales por orden de la fiscalía tras detectarse las operaciones sospechosas en el Banco Provincia del Neuquén (BPN), engloba tanto el capital neto sustraído al erario público como los intereses financieros que se devengaron de manera ilegal en las colocaciones bancarias del imputado.
Para la teoría del caso penal que sostiene el equipo del Ministerio Público Fiscal, la confesión de culpabilidad de Pablo Ruiz posee una implicancia directa y un impacto procesal adverso para las otras tres personas imputadas que posee la causa matriz. La investigación penal continúa abierta y en pleno desarrollo respecto de la exvicegobernadora Gloria Ruiz —hermana del condenado—; la exsecretaria de Cámara, Isabel Ricchini; y la exprosecretaria Eliana Sánchez. Desde la fiscalía subrayaron que la admisión de Ruiz, sumada al cúmulo de pruebas independientes recolectadas —que incluyen pericias informáticas forenses sobre teléfonos celulares, auditorías contables complejas y registros de movimientos bancarios del BPN—, consolida de forma definitiva la plataforma fáctica para afrontar las próximas etapas procesales de elevación a juicio de las demás involucradas.
Además de la pena de prisión en suspenso y la inhabilitación del cargo, el magistrado le impuso al condenado la obligación de cumplir con un total de 288 horas de trabajo comunitario de carácter no remunerado en instituciones públicas y someterse de modo obligatorio al control de la Dirección de Población Judicializada de manera trimestral. Debido a que al término del debate las partes procesales renunciaron expresamente a los plazos legales de impugnación, la sentencia condenatoria adquirió el carácter de cosa juzgada y quedó firme de forma inmediata.



