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Imputan por falso testimonio a una testigo clave en la causa por el transfemicidio de Azul Semeñenko

La fiscalía demostró que la mujer ocultó antecedentes de violencia de género del acusado y escondió dispositivos telefónicos. Tras la audiencia en los tribunales de Neuquén, el juez Marco Luca Cristo le prohibió acercarse a los demás testigos bajo la advertencia de revocar su libertad inmediata.

El proceso judicial por el brutal transfemicidio de Azul Semeñenko sumó un capítulo de extrema gravedad institucional en los tribunales de Neuquén. La fiscal del caso, Guadalupe Inaudi, formuló cargos criminales contra una mujer cuyas iniciales son M.A.P., acusándola formalmente de falso testimonio tras comprobarse que mintió de forma deliberada y retuvo información crucial durante una declaración testimonial vinculada a la causa principal por homicidio agravado que se le sigue al principal sospechoso, R.D.S.

La maniobra de encubrimiento y distorsión de la verdad quedó al descubierto luego de que la imputada prestara testimonio ante las autoridades ministeriales. A pesar de haber sido advertida formalmente sobre las consecuencias penales de declarar bajo juramento, la mujer negó sistemáticamente y adujo “no recordar” episodios previos y antecedentes de violencia de género ejercidos por el acusado hacia la víctima, datos sobre los cuales la fiscalía demostró que tenía pleno conocimiento. El ardid de la testigo se desmoronó por completo cuando aseguró poseer una sola línea telefónica, una afirmación que fue refutada de inmediato cuando una requisa policial ordenada por la Justicia permitió el secuestro de dos dispositivos celulares en su poder.

Durante la audiencia de formulación de cargos, la fiscal Guadalupe Inaudi y la asistente letrada Agustina Jarry exhibieron un contundente cuerpo de evidencias materiales y cruces de datos que sepultaron la coartada de la testigo. Tras analizar la solidez del planteo acusatorio del Ministerio Público Fiscal, el juez de garantías Marco Luca Cristo dio por acreditada la existencia del delito en esta instancia inicial y resolvió imputar a M.A.P. en calidad de autora penal del delito de falso testimonio, habilitando un periodo formal de investigación preparatoria por un plazo de cuatro meses.

En materia de medidas cautelares, el magistrado rechazó la solicitud de la fiscalía orientada a imponer comparendos quincenales en sede policial al considerar que el riesgo de fuga no se encontraba plenamente configurado. No obstante, atendiendo a la necesidad de blindar la investigación y evitar el entorpecimiento probatorio, el juez dictó una prohibición absoluta de contacto por el plazo de seis meses, restringiendo a la imputada de comunicarse por cualquier canal físico o digital, de manera directa o mediante terceras personas, con cualquier testigo o allegado a la causa del transfemicidio, bajo apercibimiento de enfrentar una detención efectiva en caso de desobediencia.

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Redacción

La calle con voz

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