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Jurado popular declaró culpable por unanimidad a un hombre por 19 años de abusos y corrupción

Tras diez jornadas de juicio en la Ciudad Judicial, los 12 ciudadanos del tribunal civil respaldaron por unanimidad la teoría del caso del fiscal jefe Maximiliano Breide Obeid y la asistente letrada Cecilia Sabatte. El juez técnico Marco Lupica Cristo revocó la prisión domiciliaria de J.R. y ordenó su traslado inmediato a una comisaría bajo prisión preventiva, mientras se espera la fijación de los años de condena por los delitos cometidos entre la niñez y la adultez de la víctima.

Un contundente y unánime veredicto de culpabilidad cerró uno de los debates orales más extensos y complejos del año en los tribunales de la capital provincial. Luego de diez intensas jornadas de deliberación en la Ciudad Judicial, un jurado popular integrado por 12 ciudadanos declaró la responsabilidad penal absoluta de J.R., un hombre acusado de someter a abusos sexuales sistemáticos a una mujer de su entorno familiar directo. Los ultrajes se extendieron de manera ininterrumpida a lo largo de 19 años, abarcando desde la infancia de la víctima hasta su etapa adulta, en un contexto de extrema manipulación psicológica y violencia intrafamiliar.

El tribunal de ciudadanos respaldó en su totalidad la calificación jurídica presentada por el fiscal jefe Maximiliano Breide Obeid y la asistente letrada Cecilia Sabatte, planteo al que adhirió el abogado querellante Carlos Caroselli. De este modo, el imputado fue encuadrado en los delitos de abuso sexual con acceso carnal continuado, agravado por el resultado dañoso a la salud física y mental, por tratarse del encargado de la guarda y por haber sido cometido contra una menor de 18 años aprovechando la convivencia preexistente, en concurso ideal con corrupción de menores, todo en carácter de autor. El bloque acusador demostró que los vejámenes se perpetraron principalmente en la vivienda compartida hasta el año 2020, pero también en oficinas comerciales del imputado, hoteles durante viajes y en un camión de transporte de mercaderías.

La solidez del caso penal se sostuvo en pruebas científicas y documentales irrefutables que se ventilaron desde el inicio del debate el pasado 18 de junio. Entre los testimonios clave que escuchó el jurado se destacó el relato en primera persona de la víctima, las pericias de psicólogos forenses y el informe de una efectiva de la Policía del Neuquén, quien reveló el contenido de un conjunto de cuadernos secuestrados en los allanamientos que contenían meticulosas anotaciones manuscritas sobre los abusos sufridos. Cabe destacar que, de forma previa al debate, la defensa intentó dilatar el proceso argumentando que el acusado padecía una enfermedad inhabilitante, pero los estudios médicos impulsados por la fiscalía permitieron que el juez de garantías Juan Manuel Kees lo declarara penalmente apto para afrontar el juicio.

Tras conocerse el fallo condenatorio emitido por el tribunal popular, el juez técnico que dirigió las audiencias, Marco Lupica Cristo, hizo lugar de inmediato a una medida cautelar de máxima seguridad solicitada por el Ministerio Público Fiscal (MPF). El magistrado revocó el beneficio de la prisión domiciliaria que ostentaba el agresor y dictó su traslado inmediato a una unidad carcelaria bajo la modalidad de prisión preventiva, fijando como plazo inicial el próximo 8 de agosto. En las semanas venideras, la Oficina Judicial del Alto Valle convocará a las partes para desarrollar el juicio de cesura, instancia técnica donde se determinará el monto definitivo de la pena de prisión de efectivo cumplimiento que deberá purgar J.R.

Redacción

La calle con voz

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